La Asamblea Nacional Constituyente es uno de los mecanismos contemplados en la Constitución de 1991 para reformarla. Según información suministrada por la Misión de Observación Electoral (MOE) estos son los pasos a seguir para convocarla.
¿Cuál es el procedimiento para convocarla?
Tanto el Senado como la Cámara de Representantes deberán aprobar una ley para consultarle a la ciudadanía acerca de la convocatoria a una Asamblea Constituyente.
Para la aprobación de la Ley, se requiere del apoyo de la mayoría de los integrantes del Senado y la Cámara. En la Ley que apruebe el Congreso de la República se deben especificar los siguientes temas:
A. La convocatoria de la Asamblea Constituyente.
B. El número de integrantes de la Asamblea Constituyente
C. El sistema de elección.
D. Los temas de la Asamblea Constituyente.
E. La fecha de su iniciación y su período.
Una vez aprobada la Ley, deberá pasar a sanción presidencial. Luego, el presidente de la República la remite para su revisión a la Corte Constitucional.
Si la Corte Constitucional aprueba la Ley de convocatoria a la Asamblea Constituyente, esta deberá realizarse entre los 2 a 6 meses siguientes. El tarjetón electoral deberá contener:
Opciones de voto ‘Sí’ y ‘No’ a la convocatoria, pregunta que deberá ser lo suficientemente clara.
Listado de los temas que se tratarán en la Asamblea.
La convocatoria de la Asamblea Constituyente será aprobada cuando al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral voten afirmativamente. Teniendo en cuenta el censo actual se necesitarían al menos 12.988.505 votos por el Sí.
Luego de aprobarse la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente y los temas de su competencia, dentro de los 2 a 6 meses siguientes se llamará a la elección de sus integrantes.
Una vez conformada la Asamblea, se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado.
La Asamblea deliberará y aprobará durante el período por el cual fue convocada los temas de su competencia. Es posible que la Asamblea decida convocar a la ciudadanía para que apruebe el nuevo texto, o determinado número de reformas constitucionales mediante un referendo.