Santurbán: decisión de la ANLA no es para celebrar

Por ERWING RODRÍGUEZ-SALAH

Especial para El Unicornio

El pasado 21 de enero  se supo que  la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) rechazó el recurso de reposición interpuesto por la minera emiratí Minesa  contra la decisión de dicha entidad de archivar su proyecto Soto Norte.

“La ANLA debería  negar definitivamente  la licencia ambiental al proyecto de  Minesa“.

Recordemos cómo el pasado 2 de octubre la ANLA, mediante Auto 09674, archivó el trámite administrativo de evaluación de la licencia ambiental del proyecto Soto Norte de  Minesa  -ad portas del debate de control político al Gobierno convocado por la Comisión Accidental del Senado para la preservación de Santurbán, realizado  cuatro días después-, lo que califiqué como otra estratagema del Gobierno, que quiere otorgar a toda costa la licencia ambiental para la explotación minera  a proyectos como el de Minesa y otros similares, y dar oxígeno no a nuestro páramo sino al proyecto minero en mención. Es decir, con la última decisión de la ANLA queda en firme el Auto 09674; sin embargo, esta decisión no es para celebrar: lo haremos cuando la ANLA niegue definitivamente la licencia ambiental al proyecto de  Minesa y otros similares y, mejor aún,  cuando rechace de entrada y no dé trámite a este tipo de pretensiones mineras,  teniendo en cuenta consideraciones de tipo legal, técnico-científicas, y  la voluntad de los colombianos que jamás dará licencia social a estos proyectos mineros.

En 2011 los santandereanos celebramos cuando el  Ministerio de Ambiente, en ese entonces el órgano competente para  otorgar  las licencias ambientales para la explotación minera, mediante Resolución 1015 del 31 de mayo de ese año -y más de dos meses después de que la minera Greystar  desistiera de su proyecto Angostura que contemplaba la explotación a cielo abierto en Santurbán-  no aceptó el desistimiento y negó la licencia ambiental al proyecto de la minera canadiense.   

No podemos desconocer el contexto en el  que la ANLA como entidad adscrita al Ministerio de Ambiente, en la dicotomía  entre el querer del Gobierno-mineras por la minería en los páramos o en sus ecosistemas circunvecinos (visión minera), y el deber ser, la protección del ecosistema paramuno (visión conservacionista), esté ubicada en la orilla de  la visión minera y, en ese orden de ideas, tenga esas lamentables actuaciones.

En 2017 Minesa presentó lo que absurdamente  vino a ser  su primer Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) ante la ANLA, y ésta en diciembre de ese año hizo 83 requerimientos u observaciones a aquel, dando  pie para que, en marzo  de 2018, la minera emiratí desistiera de su proyecto, y la ANLA aceptara ipso facto su desistimiento –desconociendo el antecedente de lo que pasó con Greystar, anteriormente mencionado-  concediendo a  Minesa la posibilidad de que  presentara un segundo EIA, lo cual efectivamente hizo en enero de 2019, y al cual la autoridad de las licencias en diciembre de ese mismo año,  hizo 107 requerimientos.

En ese orden de ideas,  La ANLA debería  negar definitivamente  la licencia ambiental al proyecto de  Minesa, pues con la sola decisión de archivar el trámite administrativo de la licencia a la minera, en la práctica lo que hace es dejar con vida sus  pretensiones mineras, dejándole la puerta  abierta para que  presente un tercer E.I.A.,  otra escena magistral de lo que,  hace diez años, denomino el Teatro del Absurdo Santurbán.

Así, la  última decisión de la ANLA  se acopla perfectamente con la “Propuesta integrada de delimitación de Santurbán” que, en cumplimiento de la Sentencia T-361 (2017) hizo el Ministerio de Ambiente, y que dicha Cartera tratará de concertar con las comunidades, en este año: en realidad otra delimitación exprés político-minera que, como su predecesora,  la delimitación de la Resolución 2090 (2014), vuelve a dejar “por fuera” del páramo al proyecto de Minesa, desconociendo el concepto de integralidad de los ecosistemas paramunos; un lavado de manos del Gobierno para decir que dichos proyectos quedan “por fuera” del páramo, y a la espera de que Minesa presente su tercer EIA. ¿Hasta cuándo la ANLA se prestará para ese juego?  Para ello es imprescindible que el gobierno Duque corrija el rumbo de la historia, dando un giro de 180 grados, al pasar de la orilla de la visión minera a la contraparte  de la  visión conservacionista de los ecosistemas paramunos; de lo contrario, seguirán los demostrados devaneos de la ANLA frente a ese tipo de  solicitudes mineras.

Los accionantes de la tutela que dio origen a la Sentencia T-361, seguimos abogando porque se haga la delimitación que debe ser:  una delimitación técnico-científica  -diametralmente opuesta a la exprés político-minera que quiere el Gobierno concertar-,   con los estudios hidrológicos e hidrogeológicos que el Estado colombiano no posee, como nos reconoció a los accionantes y que,  hablando en plata blanca,  no le interesa hacer pues estos demostrarían la conectividad que hay entre el páramo y sus ecosistemas circunvecinos (concepto de integralidad). 

En conclusión,  la normativa ambiental vigente, en nuestro  país santanderista, es suficiente para negar las licencias y, mejor aún, no dar trámite a proyectos que,  como el de Minesa, estén  ubicados por encima de las bocatomas de los acueductos metropolitanos.

@ersalah1

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